Con 81 votos a favor y 37 en contra, el Senado italiano aprobó con enmiendas el decreto-ley propuesto por el Gobierno que modifica significativamente las normas para obtener la ciudadanía italiana. El decreto entra en vigor el 28 de marzo de 2025 y pretende, según el ministro de Asuntos Exteriores, Antonio Tajani, hacer de la ciudadanía «un reconocimiento serio y consciente». Pero, ¿qué implican realmente estas nuevas normas? ¿Y cuáles son las excepciones introducidas por el Senado? He aquí un resumen.
1. El derecho de sangre (ius sanguinis) es limitado, pero con excepciones:
En el texto original del decreto, la transmisión de la nacionalidad italiana se reservaba únicamente a aquellos cuyos padres o abuelos hubieran nacido en Italia, anulando así el derecho, en vigor desde 1992, que permitía también a los descendientes más lejanos solicitar la nacionalidad sin límites generacionales.
Sin embargo, el Senado modificó esta norma:
– Se ha suprimido el requisito del lugar de nacimiento del antepasado (ya no es necesario que haya nacido en Italia).
– Pero se ha introducido una condición más restrictiva: el progenitor o abuelo del que se desciende debe poseer o haber poseído exclusivamente la ciudadanía italiana hasta el momento del fallecimiento. Si el antepasado tenía doble nacionalidad, los descendientes no tendrán derecho al reconocimiento automático.
Esta condición excluye de hecho a muchas personas de origen italiano, sobre todo en los países donde era habitual naturalizarse tras la emigración.
2. Excepción para los residentes en Italia: se salva el vínculo con el territorio
Una novedad importante, introducida por el Senado, se refiere a los descendientes de italianos que deciden trasladarse a Italia:
– Aunque no entren en los nuevos límites impuestos al reconocimiento por ascendencia, pueden obtener la nacionalidad tras dos años de residencia legal y continuada en Italia.
– Esta disposición no establece límites generacionales, salvaguardando a quienes demuestran un vínculo concreto con Italia al elegir vivir allí de forma permanente.
3. Garantías para los que ya han iniciado la ruta
El decreto establece que quienes hayan comenzado a ejercer la ciudadanía antes del 28 de marzo de 2025 podrán seguir con las normas anteriores, más favorables.
– Esto también se aplica a quienes tenían una cita consular fijada antes de esa fecha y enviaron los documentos cumplimentados antes de las 23.59 del 27 de marzo (hora italiana).
– Los turnos consulares reservados antes de la entrada en vigor del decreto siguen siendo válidos y están protegidos.
4. Normas especiales para menores
El Senado prevé normas más flexibles para los hijos menores:
– Los niños nacidos antes del 27 de marzo de 2025 pueden inscribirse en el portal Fast It hasta el 31 de mayo de 2026.
– Los nacidos después de esa fecha tendrán un año desde su nacimiento para inscribirse.
– Además, si uno de los progenitores es ciudadano italiano por nacimiento, el hijo menor puede adquirir la nacionalidad si:
– vive en Italia durante al menos dos años tras la declaración de voluntad;
– o si dicha declaración se realiza en el plazo de un año desde el nacimiento o la adopción.
– El menor puede renunciar a la nacionalidad al cumplir los 18 años si posee otra nacionalidad.
5. Recuperación de la ciudadanía para quienes la han perdido
El Senado también introdujo la posibilidad de recuperar la ciudadanía italiana para quienes la perdieron debido a antiguas normativas (por ejemplo, la ley de 1912):
– Pueden solicitarla las personas nacidas en Italia o que hayan vivido allí al menos dos años, siempre que hayan perdido la nacionalidad italiana.
– La solicitud puede presentarse entre el 1 de julio de 2025 y el 31 de diciembre de 2027, también en los consulados, con un coste de 250 euros.
6. Reducción de los requisitos de residencia en determinados casos
Para los que solicitan la nacionalidad por naturalización (es decir, tras un periodo de residencia en Italia), el periodo exigido se reduce:
– Sólo se exigen dos años de residencia a quienes tengan parientes italianos hasta el segundo grado.
– También hay facilidades para quienes hayan nacido en Italia y residan allí desde hace al menos tres años.
Conclusión: ciudadanía sí, pero con vínculos reales
El decreto cambia radicalmente la forma de acceder a la ciudadanía italiana. El objetivo declarado del gobierno es evitar que millones de personas, sin una conexión real con el país, la obtengan sólo por descendencia. Sin embargo, el Senado ha introducido cambios que protegen los derechos adquiridos y recompensan a quienes eligen Italia como lugar para vivir.
En Argentina y en toda Sudamérica, donde viven millones de personas de origen italiano, estos cambios han sido seguidos con gran atención y aprensión. Para muchas familias, el reconocimiento de la ciudadanía representa no sólo un vínculo cultural y afectivo con Italia, sino también una oportunidad concreta de estudio, trabajo y movilidad. La aprobación definitiva del decreto se esperaba con impaciencia, y la noticia de las excepciones introducidas por el Senado fue acogida con alivio por quienes ya habían iniciado el proceso o tienen intención de establecerse en el país de origen de sus antepasados.